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Europa contra el canon digital

12 mayo 2010 - 0:02 - Autor:

Lo hemos conocido hace escasamente unas horas. La Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tampoco cree en el modelo indiscriminado de canon digital. “Un sistema nacional que prevé la aplicación indiscriminada de un canon por copia privada a todos los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital no es compatible con la norma europea”, dice.

¿Y por qué estas conclusiones ahora? Pues porque el sistema normativo comunitario contempla la figura de la cuestión prejudicial que, simplificando, permite a un órgano judicial nacional suspender un procedimiento y remitir consulta al Abogado General para aquellos supuestos en los que la aplicación de una determinada norma genera dudas en el entorno comunitario. Lo anterior no significa que el Tribunal de Justicia resuelva el litigio nacional, sino que el Tribunal nacional resolverá de acuerdo con la decisión del Tribunal Europeo.

En este supuesto, la cuestión prejudicial derivaba de una consulta emitida por la Audiencia Provincial de Barcelona en el seno de un procedimiento interpuesto por SGAE, en el que la entidad de gestión reclamaba a la distribuidora de dispositivos electrónicos PADAWAN, S.L. el pago de canon digital por importe de 16.759,25 euros.

Las conclusiones de la Abogado General, Verica Trstenjak, a la cuestión prejudicial elevada por la Audiencia de Barcelona son concluyentes a este respecto, “(…) la aplicación del gravamen sólo estará justificada cuando presumiblemente los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital vayan a ser destinados a realizar copia privada. (…) La aplicación indiscriminada de un canon (…) a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para finalidades ajenas a la copia privada no es conforme con el concepto de compensación equitativa (…)”.

Estas Conclusiones vienen a reafirmar las últimas resoluciones judiciales emanadas de órganos judiciales españoles que ya ponían en entredicho la legitimidad del canon digital como sistema de compensación equitativa por copia privada por entender que en aquellos casos en los que queda suficientemente acreditado que el destino o uso final de los dispositivos no es la copia privada, no está justificada la imposición del canon y procede, en consecuencia, la devolución de su importe al usuario.

Lo que ocurre, desde mi punto de vista, es que el canon digital adolece de un vicio de raíz y es que presume que quien adquiere un dispositivo de almacenamiento de datos va a realizar una copia privada, cuando en mucha ocasiones no es así. En ese caso se impone al usuario la desorbitada carga de dirigirse a un tribunal y probar un uso distinto al de la copia privada para que éste declare la devolución del importe pagado en concepto de canon.

Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea interpreta, como lo ha hecho ahora, que la aplicación del canon sólo está justificada cuando presumiblemente los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital van a ser destinados a realizar copia privada, la aplicación automática e indiscriminada del canon no es conforme a Derecho. Se avecinan cambios legislativos, me temo.

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3 Comentarios

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bueno, bueno, bueno, se pone interesante la cosa. son unos ladrones y ya está bien de cobrarnos el canon. todos contra el canon siempre.

[...] This post was mentioned on Twitter by atourino, Victor Salgado. Victor Salgado said: Europa contra el canon digital http://j.mp/988ohM [...]

La mejor manera de luchar contra el canon digital es hacer cuentas. Me explico:

Los dvd que habitualmente compramos son de 4.5 Gb. Un tambor de 25 te cuesta aproximadamente entre 20€ y 25€ que traducido a capacidad de almacenaminto seria aproximadamente 100 Gb. Un disco duro externo de 500 Gb cuesta entre 60€ y 80€. Si haces la cuenta es evidente que es más barato comprar directamente los discos duras externos. para el transito de informacion a menor escala usamos el PenDrive. Aunque es mas caro que los CD y DVD normalmente ese transito de informacion se hace entre los amigos y en caso de hacerlo entre empresas tambien suelen ser las mismas. Por lo que el PenDrive que va de ida tarde o temprano vendra de vuelta. Ademas en el momento que este sistema empiece a fastidiar las ventas de las empresas fabricantes de DVD y CD ya veras como mandan a tomar por culo el canon y empezaran a pagarlo ellos para no arruinarse.

Un saludo,
Jaime.

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Alejandro Touriño

Alejandro Touriño en ECIJAAlejandro es Licenciado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela; Máster en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Práctica Jurídica por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid. Ha realizado cursos de postgrado en instituciones de prestigio como la University of Brighton, la WIPO Academy o el Instituto de Empresa, en materias relacionadas con el Derecho Comparado, la Propiedad Intelectual y el Derecho del Entretenimiento.

En la actualidad ejerce su actividad Profesional como Responsable del área de Information Technology de ECIJA, asesorando a clientes nacionales e internacionales, tanto en sede judicial como extrajudicial, en cuestiones relacionadas con Derecho del Entretenimiento y las Nuevas Tecnologías, centrando su actividad en la Propiedad Intelectual, Contratación de Software, Nombres de dominio, regulación jurídica de Internet y Redes Sociales. Alejandro compagina su labor profesional con la docencia en másteres universitarios, y es colaborador asiduo de prensa jurídica especializada.

Alejandro es, asimismo, miembro de la alianza europea de Nuevas Tecnologías ‘World IT Lawyers’, miembro de DENAE (Asociación Española de Derecho del Entretenimiento), y del Comité de Dirección del capítulo español de CSA (Cloud Security Alliance).

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