Youtube vence a Telecinco en los Tribunales
Según ha anunciado el blog oficial de Google esta misma mañana, el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta por Telecinco frente al portal de videos Youtube, propiedad del gigante norteamericano Google, en defensa de sus derechos de propiedad intelectual.
En una resolución judicial que simplemente pone punto y aparte al procedimiento, ya que contra la misma cabe Recurso de Apelación, el Juzgado de instancia desatiende la pretensión de Telecinco, apreciando que Youtube actúa, respecto de los videos colgados por sus usuarios, como un mero intermediario, teniendo cabida su actividad en los supuestos de exclusión de responsabilidad previstos por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información.
El Juzgado, en aplicación de la doctrina jurisprudencial del “conocimiento efectivo”, ha desechado los argumentos esgrimidos por Telecinco, concluyendo que Youtube no es responsable de los videos publicados por sus usuarios. Esta Resolución, con célebres precedentes en la jurisprudencia española e internacional, tendría encaje, en opinión del Juzgado, en el anunciado régimen del conocimiento efectivo, que no es otra cosa que la exclusión de responsabilidad del titular de una web por los contenidos subidos por terceros en tanto que no tenga conocimiento de su ilicitud, es decir, en tanto que un órgano competente no determine que un derecho ha sido vulnerado.
Por tal motivo, los prestadores de servicios de intermediación, en este caso Youtube, no serían, en principio, responsables por los contenidos ajenos que transmiten, alojan o a los que facilitan acceso, pero podrían incurrir en responsabilidad si tomasen una participación activa en su elaboración o si, conociendo la ilegalidad de un determinado contenido, no actuasen con rapidez para retirarlo o impedir el acceso al mismo.
Pues bien, la demanda de Telecinco buscaba impedir que los usuarios de Youtube subiesen de manera impune videos titularidad de Telecinco sin el consentimiento de la cadena. Los múltiples requerimientos remitidos por Telecinco a Youtube fueron desatendidos por ésta, al parecer, por el hecho de que Telecinco pretendía la eliminación total de sus videos sin que los mismos fuesen identificados uno por uno, de manera aislada. En este sentido, Youtube ha recalcado que existe una herramienta tecnológica gratuita a disposición de los titulares de derechos –Content ID- que identifica videos y los repele de modo automático.
En este orden de cosas, el Juzgado de lo Mercantil ha considerado que Youtube no tiene la obligación pretendida por Telecinco de supervisar los contenidos que alojan los usuarios de Youtube en su plataforma. En definitiva, en opinión del Juzgado, Youtube no es responsable por los contenidos ajenos que aloja porque “resulta materialmente imposible llevar a cabo un control de la totalidad de los vídeos que se ponen a disposición de los usuarios”, según reza la Sentencia, sin perjuicio de que “no se trata de un procedimiento cómodo y sencillo para la actora, particularmente porque le incumbe la ingrata tarea de rastrear y controlar los contenidos que se alojan en la página web de la demandada”.
Huelga decir que Telecinco ya ha comunicado públicamente su intención de interponer recurso contra esta Resolución. Sólo queda esperar.

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Pingback Publicado por: Tweets that mention Youtube vence a Telecinco en los Tribunales | Legal e-Digital -- Topsy.com | 24 septiembre 2010 - 19:17