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Nintendo, verdades a medias.

22 noviembre 2010 - 6:00 - Autor:

Hace algunas semanas saltaba la noticia de que Nintendo aplaudía la primera sentencia firme en España contra la importación y comercialización de “módulos de carga de videojuegos”, más conocidos como “cartuchos” o “tarjetas R4″ (R4 revolution for DS).

Para el que no esté familiarizado con este tipo de dispositivos, decir que los módulos de carga son chips diseñados para desactivar la tecnología anti-copia presente en el hardware de Nintendo y que permiten al usuario jugar con copias no oficiales de juegos descargados de sitios web no licenciados por Nintendo.

Pues bien, alertaba la noticia de que el Juzgado de lo Penal nº 5 de Palma de Mallorca ratificaba en sede judicial que la distribución de los módulos de carga de videojuegos es delito, condenando a los responsables a una pena de 6 meses de cárcel y multa de 12 meses de multa a razón de 2 euros al día e indemnización a Nintendo de 4000 Euros, como autores responsables de un delito contra la propiedad intelectual previsto en el art. 270.1 del Código Penal.

La noticia sorprendió bastante a los que nos dedicamos a este tipo de asuntos, por cuanto que en resoluciones judiciales precedentes nunca se había entendido la existencia de delito en temas de análoga naturaleza. Ahondando en el tema, y gracias al estupendo servicio de difusión de sentencias de Aranzadi, hemos podido conocer que la verdad difundida por Nintendo es una verdad a medias. Y es que, si bien es cierto que existe tal Sentencia, lo que desde Nintendo no se había dicho es que el Juez en ningún momento ha entrado a valorar el fondo del asunto porque los entonces imputados pactaron declararse culpables a cambio de una pena económicamente ridícula.

Flaco favor ha hecho Nintendo, en mi opinion, a la industria del videojuego difundiendo una verdad a medias. La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 5 de Palma de Mallorca es una sentencia de conformidad. Esto quiere decir que el Juez, sobre la base de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal , ha dictado Sentencia aplicando la pena pedida por la acusación por conformarse el acusado con la misma. La “trampa” de la noticia está en que el Juez, según dispone la LECr, debe ceñirse en la resolución a las calificaciones objeto de acusación, es decir, que el Juez no entra al fondo del asunto para resolver, sino que da su visto bueno a lo acordado por las partes. Y con ello, todos contentos, los acusados cumplen una pena minima –que no implica cárcel- y se olvidan del asunto; y Nintendo ya tiene una Sentencia condenatoria que airear públicamente.

Mi conciencia crítica me impide callarme. Pero que nadie malinterprete mis palabras, estoy de acuerdo con las declaraciones de los responsables de Nintendo en eso de que “la piratería es la mayor amenaza para la creatividad en esta industria”, pero no en sus afirmaciones de que “esta sentencia es crítica en el apoyo a la protección de la propiedad intelectual (… ) y, lo más importante, es clarísima reconociendo la existencia de delito y condenando a pena de cárcel”.

Las verdades a medias hacen mucho daño a medio plazo para quien las difunde. Y sería una auténtica lástima que la industria que más sufre los perjuicios de la piratería quedase enmarañada en medias verdades que, en mi opinión, en nada ayudan.

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8 Comentarios

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[...] This post was mentioned on Twitter by Nosplay.com, Alejandro Touriño. Alejandro Touriño said: En el blog: Nintendo, verdades a medias. http://t.co/crX2IEl #in #videojuegos [...]

Me compre la Nintendo DSI, y les digo la verdad me arrepenti, deberia haber comprado la PSP. Los juegos son carisimos, la consola pone mil trabas para todo.. como cambiar el formato de los mp3 porque no los lee, los mpg no los lee, en sintesis es inmanejable, lo unico bueno que tiene es la camara, que podrian haberle puesto algunos megapixeles mas por lo menos. NO LA COMPREN.

Tienes toda la razón, parece que la noticia esté enfocada a causar impacto y meter miedo a la gente, cuando poco tiene que ver con la realidad que muchos conocemos.
Acabo de leer tu blog y es muy interesante y preciso lo que dices, simplemente me gustaría comentar que estos cartuchos o “módulos de carga” no son exactamente “chips diseñados para desactivar la tecnología anti-copia presente en el hardware de Nintendo”, sino que se trata de cartuchos completos, con una carcasa idéntica a la de los cartuchos originales de Nintendo (salvo por las pegatinas que les ponen), y que dentro llevan un circuito integrado diferente al de los cartuchos originales, dotado de una ranura de memoria microSD o SD a través de la cual es posible cargar y ejecutar de forma nativa código programado para la Nintendo DS (ya sea homebrew -software casero- o software comercial).
Para evitar problemas legales y cubrirse las espaldas, las empresas que comercializan estos dispositivos los venden sin ningún firmware instalado, de tal modo que es responsabilidad del comprador y usuario el instalarle por su cuenta un firmware que lo habilite para realizar diversas funciones (reproducir música en formato MP3, reproducir vídeos, ejecutar juegos de Nintendo, ejecutar homebrew, etc). De tal modo que no se puede afirmar con total rotundidad que estos cartuchos estén claramente destinados al pirateo de videojuegos, puesto que esa función, al igual que otras, debe ser habilitada por el usuario, siendo responsabilidad de este último el decidir el uso que le va a dar al cartucho, de entre los múltiples que permite.

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MI HERMANA SE VA A COMPRAR LA NDSI ME LA RECOMENDAIS SERGIO O ARTICLES LIBRARY??????????

[...] el que Nintendo ha conseguido una «victoria» en España es porque en realidad el acusado alcanzó un acuerdo de conformidad, sin que nunca llegara a celebrarse el [...]

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Alejandro Touriño

Alejandro Touriño en ECIJAAlejandro es Licenciado en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela; Máster en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en Práctica Jurídica por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid. Ha realizado cursos de postgrado en instituciones de prestigio como la University of Brighton, la WIPO Academy o el Instituto de Empresa, en materias relacionadas con el Derecho Comparado, la Propiedad Intelectual y el Derecho del Entretenimiento.

En la actualidad ejerce su actividad Profesional como Responsable del área de Information Technology de ECIJA, asesorando a clientes nacionales e internacionales, tanto en sede judicial como extrajudicial, en cuestiones relacionadas con Derecho del Entretenimiento y las Nuevas Tecnologías, centrando su actividad en la Propiedad Intelectual, Contratación de Software, Nombres de dominio, regulación jurídica de Internet y Redes Sociales. Alejandro compagina su labor profesional con la docencia en másteres universitarios, y es colaborador asiduo de prensa jurídica especializada.

Alejandro es, asimismo, miembro de la alianza europea de Nuevas Tecnologías ‘World IT Lawyers’, miembro de DENAE (Asociación Española de Derecho del Entretenimiento), y del Comité de Dirección del capítulo español de CSA (Cloud Security Alliance).

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