“Todo lo que lamentarás si pulsas el botón ‘acepto’ sin leer los términos y condiciones”
¿Has pulsado el botón “acepto los términos y condiciones” sin haber leído nada antes? En Facebook más de 170.000 personas lo han reconocido abiertamente, suscribiéndose al grupo que lleva precisamente ese título: “Yo también acepté los términos y condiciones sin haber leído nada”.
Las consecuencias de esta alegre conducta pueden resultar insospechadas, hasta el punto de que el usuario puede llegar a perder su alma. Así es, a efectos de probar aquello de que nadie lee los textos legales de una web, la tienda de videojuegos GameStation anunció como broma para el April’s Fools Day del año pasado que poseía las almas de sus usuarios, al haber introducido en sus condiciones de contratación un párrafo que rezaba lo siguiente: “Al enviar una orden de compra por la web el primer día del cuarto mes del año 2010, Anno Domini, estás de acuerdo en concedernos la opción no transferible de reclamar, por ahora y para siempre, tu alma inmortal. (…) Si tú a) no crees tener alma inmortal, b) habérsela ya dado a otro, o c) no quieres concedernos tal licencia, pinche por favor en el enlace inferior para anular esta cláusula y proceder con la transacción”.
Pues bien, sólo un 12% de los usuarios llegó a pinchar en el enlace, habiendo por tanto obviado el 88% restante de los usuarios la lectura de los términos que aceptaban. Obviamente, una estipulación de esta naturaleza es nula de pleno derecho, entre otros motivos, por ser contraria a la moral. Pero al margen de este supuesto anecdótico, lo cierto es que prácticamente nadie lee los términos y condiciones de una web, en muchas ocasiones por lo inmanejable de los mismos, por lo extenso de su redacción, porque están redactados en un lenguaje que no dominamos o por simple pereza.
La cruda realidad es que, los hayamos leído o no, los términos y condiciones de una web vinculan al usuario desde su aceptación. Esto no implica que todo lo que aceptemos tenga validez legal. De hecho, es cada vez más habitual leer en prensa que una determinada estipulación de unas condiciones generales de contratación ha sido declarada nula por abusiva. Y es que, para bien o para mal, los términos y condiciones de una web no aceptan normalmente negociación; se aceptan o se rechazan, impidiendo el acceso al servicio en caso de optar por esta última opción.
Pero hay más, prácticamente todas las webs cuentan con un aviso legal que indica que el acceso, navegación y uso del sitio web conlleva y supone la aceptación por el usuario del aviso legal y las condiciones de uso que incluye. Sobre la validez o no de este tipo de sistemas no ha habido apenas debate judicial. No obstante nuestros tribunales, en particular, la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona, tuvieron ocasión de pronunciarse en Sentencia de fecha 17 de diciembre de 2.009 en el caso que enfrentaba a Ryanair y Edreams en la que indicaba que “(…) si EDREAMS no contrata directamente con RYANAIR, tampoco puede quedar vinculado por unas condiciones generales que nunca ha aceptado”. Así que este tipo de aceptación tácita vale, hasta que deja de valer.
¿Y qué podemos hacer los que nos dedicamos a esto para que la situación mejore? Pues principalmente emplear en los avisos legales un lenguaje adaptado a los usuarios. Y ello en el entendimiento de que el idioma tiene que servir de unión y no de desunión del usuario con el servicio que se le presta.
Desde el punto de vista legal, no nos consta la existencia de ninguna norma que exija una utilización concreta de lenguaje en caso de adultos, pero sí en el caso de los menores. En este sentido, el artículo 13-3 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal establece que “(…) la información dirigida a los menores deberá expresarse en un lenguaje que sea fácilmente comprensible por aquéllos, con expresa indicación de lo dispuesto en este artículo”.
En esta línea ha ahondado también el Grupo de Trabajo del artículo 29 (grupo de expertos conformado por los comisionados de privacidad y protección de datos de 29 países europeos), que elaboró en su momento el Documento de trabajo 1/08 sobre la protección de datos personales de los niños, que habla de nuevo de que “en el contexto de la información a los niños, debe ponerse especial énfasis en dar comunicaciones escalonadas basadas en el uso de un lenguaje sencillo, conciso y educativo de fácil comprensión”.
Así que, cuidado, leamos con atención antes de aceptar, si es que somos capaces de entenderlo. Si no, siempre habrá un abogado al que culpar.
@AlexTourino

2 Comentarios
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Muy buieno (y aplicable) la última frase!
Comentario Publicado por: Salirdeinternet.com | 28 enero 2012 - 10:44
Espinoso asunto el de las condiciones legales, que dan problemas no solo a los usuarios sino también a los titulares de las webs, que se limitan a hacer copia+pega de otros textos que encuentran por ahí.
A veces pienso si no sería simplemente más sencillo un texto de una sola línea: “Esta web se acoge a la legislación española e intenta cumplirla como buenamente puede”.
Comentario Publicado por: Javier Muñoz | 10 febrero 2012 - 19:59